Descripción
Permite a pensionados y pensionadas de invalidez, viudez o madre de filiación no matrimonial, de la ley sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, solicitar al Instituto de Seguridad Laboral (ISL) el reconocimiento de sus cargas familiares, para el cobro de asignación familiar.
El trámite se puede realizar durante todo el año a través del sitio web y en oficinas de Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
Detalles
El monto mensual de la asignación familiar depende del ingreso del pensionado o la pensionada.
Los valores vigentes, a contar de julio de 2024, son:
Rango de ingreso (en pesos) |
Monto de la Asignación Familiar |
Hasta $586.227 |
$21.243 |
Entre $586.228 y $856.247 |
$13.036 |
Entre $856.248 y $1.335.450 |
$4.119 |
Desde $1.335.451 |
$0 |
Si es beneficiario de asignación familiar, ésta será pagada en su pensión mensual. Si corresponde pagar retroactivos se emitirá un pago independiente
Importante:
- Las cargas no pueden ser beneficiarias de Subsidio Familiar (SUF), Pensión Básica Solidaria (PBS) ni Subsidio de Incapacidad Mental (SDM). La carga tampoco puede tener rentas superiores al 50% del Ingreso Mínimo Mensual más de tres meses año calendario.
- El tope a considerar para el reconocimiento de cargas es de 60 meses retroactivos
- Podrán ser reconocidos como carga familiar quienes reciban una pensión de orfandad.
- Se debe informar, si con la misma carga familiar, se está realizando una renovación de prórroga de pensión de supervivencia.
- En caso de dejar de cumplir alguno de los requisitos para acceder a asignación familiar o de requerirse por otros fines, se deberá tramitar la extinción de carga, indicando la causal.
- Las cargas mayores de 18 años pueden solicitar el pago directo, pero esto debe quedar claramente indicado en la solicitud.
- Todos los años, en el mes de julio, los pensionados y pensionadas deben enviar una declaración jurada de rentas, ya que el pago de asignación familiar se determina de acuerdo al promedio de sus rentas de enero a junio de cada año.
¿A quién está dirigido?
- A los pensionados y pensionadas de invalidez, viudez o madre de hijos o hijas de filiación no matrimonial, de la ley sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
- La cónyuge.
- El cónyuge inválido.
- Los hijos o hijas, hijos o hijas del otro conviviente civil y adoptados hasta los 18 años.
- Hijos o hijas mayores de edad hasta los 24 años, hijos o hijas del otro conviviente civil o hijos adoptados, siempre que se encuentren solteros o solteras (podrá acreditarlo mediante el formulario anexo N° 1), no perciban rentas y sigan cursos regulares en la enseñanza media, normal, técnica, especializada o superior en instituciones reconocidas por el Estado.
- Los nietos o nietas y bisnietos o bisnietas, huérfanos de padre y madre o abandonados por éstos, en las mismas condiciones que en el punto anterior.
- Hijos o hijas, o hijastros o hijastras, inválidos de cualquier edad.
- Los ascendientes que no perciban ingresos ni pensiones.
¿Cuáles son los documentos requeridos?
Dependiendo del tipo de carga familiar, se debe presentar, además:
- Para los hijos o hijas mayores de 18 años, certificado de alumno regular.
- Para los hijos o hijas (incluyendo adoptados o hijastros) o cónyuges inválidos, certificado o resolución de invalidez de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).
- Para nietos o nietas y bisnietos o bisnietas, informe social, que acredite el abandono del menor por parte de los padres y que vive a expensas de sus abuelos o resolución u oficio del tribunal de familia que acredite una medida de protección dispuesta por sentencia judicial.
- Para los ascendientes (padre, madre, abuela, abuelo, bisabuelo), informe social que acredite que vive a expensas del pensionado.
Importante:
Si la solicitud de reconocimiento de carga para asignación familiar está asociada a una renovación de prórroga de supervivencia, deberá además completar el formulario “trámites de beneficios Ley N°16.744 – Ley N° 19.345” en oficinas de ISL.
Trámite vía online
Solicitud de incorporación:
Solicitud de extinción:
Prórroga asignación familiar: