La información y/o documentos que debe presentar un trabajador(a) accidentado en un prestador médico ya sea este público o privado son los siguientes: Debe informar que sufrió accidente laboral. Si el accidente ocurrió en horario hábil y es leve, el trabajador(a) y/o representante del empleador adherido al Instituto de Seguridad Laboral, antes de ingresar al prestador médico, debería dirigirse a la sucursal del Instituto más cercana al lugar donde ocurrió el siniestro para formalizar la denuncia. En la sucursal del Instituto podrán emitir el documento “Orden de Primera Atención”, el cual puede presentar en el prestador médico privado que le otorgará la primera atención o bien emitirá la carta de derivación por Art 9º para presentarla al prestador médico de la red de salud pública. Si el accidente de trabajo o de trayecto es de carácter grave, el empleador al ingresar a su trabajador(a) al prestador médico más cercano de dónde ocurrió el siniestro, debe informar al prestador médico que se trata de un accidente de trabajo, de este modo el prestador médico podrá gestionar se complete el formulario DIAT. Si el siniestro ocurrió en horario inhábil, al ingresar al trabajador(a) al prestador médico se debe presentar el Formulario DIAT firmado por el denunciante, ya sea el denunciante el empleador, trabajador u otro. El formulario DIAT se puede descargar en formato pdf desde isl.gob.cl.