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Preguntas Frecuentes (FAQ)

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Al Portal Privado pueden acceder trabajadores y empleadores de empresas o servicios públicos afiliados al Instituto de Seguridad Laboral, y que hayan obtenido la clave única en el registro civil.

El Portal Privado es una herramienta de gestión que permite a trabajadores y empleadores acceder a información sobre sus denuncias de accidentes o enfermedades profesionales, así como brindar la posibilidad de obtener datos específicos.

Sí existen los comités paritarios en entidades empleadoras del sector público. Los trabajadores de planta, contrata y código del trabajo, cumpliendo los requisitos respectivos, pueden ser elegidos en calidad de representantes de los trabajadores, según el Decreto N° 168/96, el Decreto Nº 54 del año 1969 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social más su posterior modificación del año 2010.

De acuerdo a lo señalado en el Decreto N° 40/69,  el Reglamento Interno de Higiene y Seguridad debe contener a lo menos los siguientes puntos:

  • Preámbulo
  • Disposiciones generales
  • Obligaciones
  • Prohibiciones
  • Sanciones

El seguro Ley 16.744 cubre al trabajador(a) con vínculo laboral de dependencia y subordinación por el solo ministerio de la ley. Los trabajadores están automáticamente cubiertos por el citado seguro no requiriendo la realización de ningún registro para tal efecto.

Si el trabajador está contratado por una entidad empleadora que recién inició actividades y aún no paga la cotización, el seguro Ley 16.744 cubre al trabajador(a) con vínculo laboral de dependencia y subordinación por el solo ministerio de la ley.