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Ministerio del Trabajo e ISL lanzaron campaña para difundir medidas de seguridad y salud laboral en Fiestas Patrias

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  • La titular de la cartera, Jeannette Jara Román, recordó que las personas que laboren en las fondas se encuentran protegidas por el Seguro contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.


Santiago, 14 de septiembre de 2024.- Se acerca una de las fechas más esperadas del año por todas y todos los chilenos, las Fiestas Patrias, las que convocan a miles de personas en una serie de eventos masivos a lo largo del país. Y así como muchos celebran en estas actividades, también hay otras personas que deben laborar en estos días. Es por ello que, en una actividad realizada en la fonda “La grandiosa Bertita”, del Parque O’Higgins, la Ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara Román; la Directora Nacional del Instituto de Seguridad Laboral (ISL), Aída Chacón Barraza; y el director del Trabajo, Pablo Zenteno Muñoz, dieron hoy inicio a la campaña “Fonda Protegida: Seguridad Compartida”, que busca informar sobre las medidas preventivas para resguardar la salud y seguridad laboral de quienes trabajan durante este período.

Así, las autoridades hicieron un llamado a las y los empleadores a promover y difundir las medidas preventivas para proteger a las personas trabajadoras que desarrollan sus funciones en locales y fondas durante las Fiestas Patrias, para así evitar la posibilidad de accidentes del trabajo, trayecto y enfermedades profesionales.

La Ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara Román, explicó que se debe “cumplir con todas las normativas de resguardo de seguridad laboral para los trabajadores que se desempeñen durante este período en las fondas. No solamente por estar unos días contratados se alivianan o se debilitan las normativas, sino que, por el contrario, tienen toda la protección que la ley les provee”.

“Las personas que laboren en las fondas se encuentran protegidas por el Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. Ya sea ante un riesgo al que se vean expuestos dentro de la fonda, por ejemplo, al momento de cortar alimentos, o de lavar la vajilla, o de cocinar, o cualquier otro tipo de riesgo, sino que también en el traslado a su lugar de trabajo. Por tanto, si ocurriera un accidente, lo que debe pasar en ese caso es que estas personas deben ser derivadas a una mutualidad”, agregó la secretaria de Estado.

Para reforzar este llamado, las y los funcionarios del ISL —organismo público que, junto a las mutualidades, administra el Seguro contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales (Ley 16.744)— realizarán una serie de visitas en terreno, a lo largo de todo el país, para entregar asesoría técnica en materias preventivas, con material de apoyo que incluye señalética de seguridad, capacitaciones y volantes informativos para propiciar un festejo seguro.

La Directora Nacional del ISL, Aída Chacón Barraza, señaló que “para nosotros, como Instituto de Seguridad Laboral, lo más importante en estas fiestas es que disfrutemos, pero siempre con seguridad. Sabemos que muchos trabajadores y trabajadoras estarán en las fondas y ramadas, y queremos que todos tengan claro que están protegidos y tienen derecho a trabajar en un entorno seguro. La prevención es clave: cuidar la manipulación de alimentos y usar los equipos de seguridad adecuados. Esta es una actividad que estamos realizando en todo Chile porque nuestra máxima preocupación son las y los trabajadores, ya que su protección es un derecho adquirido en todo el país”.

Además, la campaña “Fonda Protegida: Seguridad Compartida” contempla la difusión de información sobre el uso y manejo de extintores, así como recomendaciones de higiene y seguridad para evitar enfermedades derivadas de problemas en la manipulación de alimentos. También, sobre temas como seguridad vial para prevenir accidentes de trayecto, que es una de las prestaciones del Seguro en caso de accidentes ocurridos cuando la o el trabajador se traslada desde su lugar de pernoctar a su sitio laboral.

Con el objetivo de difundir y promover las recomendaciones preventivas de manera práctica, el Instituto de Seguridad Laboral dispuso en la actividad de su Móvil #ISLMásSeguridad, donde las y los prevencionistas realizaron una serie de demostraciones de maniobras de primeros auxilios en caso de emergencias y uso seguro de extintores.

Prestaciones del Seguro contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales

El Seguro contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales contempla prestaciones preventivas, médicas y económicas. En este contexto, quienes trabajan en fondas, ramadas y locales similares y que cuenten con un contrato de trabajo, están protegidas y protegidos por dicho Seguro ante accidentes del trabajo, de trayecto y ante enfermedades profesionales.

Este importante instrumento de la seguridad social opera con el denominado “Principio de Automaticidad”, con el cual se garantiza la cobertura de las prestaciones del Seguro “desde el primer día de vigencia de su relación laboral, aun cuando no se hubiere escriturado el contrato de trabajo”, según señala al Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, en su título II, de la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso).

Por ello, basta la ocurrencia de un accidente del trabajo o el diagnóstico de una enfermedad profesional contraída durante la vigencia de una relación laboral, para que se genere el derecho de la o el trabajador a las prestaciones preventivas, médicas y económicas del Seguro.

En este sentido, independiente de que la entidad empleadora se encuentre retrasada en los pagos de las cotizaciones, esto no afectará el derecho de la o el trabajador a las prestaciones indicadas.

De igual modo, tampoco se puede condicionar la atención médica a la presentación de la denuncia de accidente o enfermedad profesional por parte de la o el empleador, mediante la correspondiente Denuncia Individual de Accidente del Trabajo (DIAT) o Denuncia Individual de Enfermedad Profesional (DIEP), ni el otorgamiento de las prestaciones económicas a la presentación de una solicitud.

Asimismo, las y los trabajadores que emiten boletas de honorarios y realizaron su Operación Renta 2024 con retención, también se encuentran protegidas desde el 1 de julio del año declarado hasta el 30 de junio del año siguiente. Sin embargo, en el caso de que la o el trabajador no cumpla con lo mencionado anteriormente, puede acceder cotizando voluntariamente con el ISL para obtener los beneficios de manera inmediata. Para revisar si está adherido o adherida al ISL, ingrese sus datos en honorarios.isl.gob.cl.

Más información en la página web del Instituto de Seguridad Laboral: www.isl.gob.cl

Fiscalización de la Dirección del Trabajo

Respecto a la fiscalización que realizará la Dirección del Trabajo durante Fiestas Patrias, su director Pablo Zenteno Muñoz, dijo que “vamos a estar en todos los terminales fiscalizando el cumplimiento de las jornadas de trabajo. Recuerden que son cinco horas máximas de conducción y hay que tener un descanso de dos horas terminadas estas cinco horas. Ayer dimos inicio a este programa. Estamos recibiendo las denuncias a través de nuestra página web”.

Sobre los feriados irrenunciables del 18 y 19 de septiembre, Zenteno sostuvo que “es para los trabajadores y trabajadoras del comercio. Tenemos habilitado el 600-450-4000 para recibir denuncias de trabajadores y trabajadoras del comercio que, debiendo descansar, no lo hagan en este feriado irrenunciable”.

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