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Comunicado del Instituto de Seguridad Laboral (ISL)Compromiso con la seguridad y bienestar de las personas funcionarias que atienden público

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El Instituto de Seguridad Laboral (ISL) reafirma su compromiso inquebrantable con la protección y bienestar de todas las personas que forman parte de su equipo, particularmente aquellos que brindan atención al público a nivel nacional. Como institución dedicada a la seguridad laboral, estamos conscientes de los desafíos que enfrentan nuestros funcionarios y funcionarias, quienes, en su labor diaria, se ven expuestos a situaciones de alta tensión, estrés y, en algunos casos, actos de violencia o maltrato.

En ese sentido, el ISL ha adoptado nuevas medidas preventivas para garantizar un entorno laboral seguro, respetuoso y libre de violencia, tanto física como verbal. Estas acciones se desarrollan en coordinación con las autoridades y buscan no solo proteger a nuestros funcionarios, sino también concientizar a la ciudadanía sobre sus derechos y deberes al interactuar con nuestra institución.

La Ley Karin, que aborda la Violencia en el Trabajo, define la violencia laboral como “aquellas conductas ejercidas por terceros ajenos a la relación laboral que afectan a las y los trabajadores durante la prestación de servicios, ya sea por parte de clientes, proveedores, usuarios, entre otros”. Esta definición es fundamental, ya que establece que cualquier forma de violencia es contraria a la dignidad humana. Por lo tanto, es responsabilidad de la entidad empleadora tomar medidas adecuadas para proteger a sus trabajadores, proporcionando herramientas explícitas que les permitan ejercer su derecho a mantener una relación laboral libre de violencia.

El ISL adhiere completamente a este principio, velando porque se respeten los derechos de nuestros funcionarios y se persigan, de ser necesario, las responsabilidades civiles y criminales de quienes atenten contra su integridad física o emocional en el cumplimiento de sus funciones.

Protección Legal y Derechos de los Funcionarios

En virtud del artículo 90 del D.F.L. Nº 29 de 2005, los funcionarios tienen derecho a ser defendidos ante cualquier acto que atente contra su vida o integridad corporal mientras desempeñan sus labores. El ISL asegura el cumplimiento estricto de esta normativa, promoviendo una cultura de respeto mutuo tanto hacia sus trabajadores como hacia sus usuarios.

Asimismo, es fundamental que las personas usuarias comprendan sus derechos y deberes, los cuales incluyen el recibir un trato igualitario y respetuoso, pero también la obligación de tratar con dignidad a los funcionarios del ISL y a otros usuarios. Recordamos que el desconocimiento de los alcances de los beneficios otorgados por la Ley 16.744 no justifica actitudes violentas o agresivas.

El ISL seguirá trabajando para consolidar un espacio de trabajo seguro y eficiente, donde cada uno de sus funcionarios y funcionarias pueda desarrollar sus tareas en un ambiente de respeto y bienestar. La seguridad de nuestro equipo es una prioridad, y como tal, continuaremos implementando todas las acciones necesarias para su protección.

El Instituto de Seguridad Laboral le recuerda sus derechos y deberes de usuario/a:

Derechos:

  • Recibir un trato respetuoso, igualitario y sin discriminación por razón de edad, sexo, género, raza, origen, condición social, religión, opinión o circunstancias personales.
  • Confidencialidad respecto a los datos personales que figuran en sus expedientes.
  • Acceder a los servicios y sucursales de acuerdo a lo establecido en la ley y normativa vigente.
  • Utilizar los servicios e instalaciones comunes de las sucursales durante el horario de apertura.
  • Oír y atender sus sugerencias, reclamos y felicitaciones.
  • Poner en conocimiento de el/la Directora/a Regional cualquier anomalía o irregularidad que, a su juicio, se aprecie en relación con el funcionamiento de las sucursales o con los servicios entregados.

Deberes:

  • Cumplir las normas de las sucursales (horarios, procedimientos).
  • Colaborar con el equipo del ISL (facilitar los datos solicitados, informar cambios que se precisen para la prestación de los servicios).
  • Tratar con respeto y dignidad al funcionariado del ISL, así como a otros usuarios y usuarias.

El Instituto de Seguridad Laboral, de acuerdo a la Ley N°18.834, tiene la obligación de defender a sus funcionarias y funcionarios en caso de agresión y/o maltrato físico y verbal por parte de los usuarios/as.

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